Conferencia Episcopal pide discutir ley que permite votar a presos
Julio Carles, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá, Junio 25, 2003
El Departamento de Pastoral Penitenciaria de la Conferencia Episcopal Panameña y la Comisión de Justicia Taxi Heathrow Airport y Paz exhortaron a la Asamblea Legislativa a dar tratamiento de urgencia notoria al controvertido proyecto de ley No. 131 que concede derecho al voto a los reclusos no sentenciados.
El padre Alan McLellan, secretario ejecutivo del Departamento de Pastoral Penitenciaria de la Conferencia Episcopal Panameña, señaló que no sólo se está pidiendo que se le otorgue a estas personas la oportunidad de votar, sino que se les reconozca un derecho inalienable y universal, ya existente a los no condenados que están en proceso, reconocido por la Constitución Nacional Panameña.
En cuanto a la posibilidad de que la aprobación de esta iniciativa pueda permitir anomalías en los torneos electorales McLellan dijo: "Lo mismo pasa en la calle y quizá peor".
Diversos sectores y medios de comunicación han expresado que la corrupción existente en la mayoría de los centros carcelarios podría favorecer la compra de votos o presiones a cargo de los carceleros para que voten por determinado candidato.
El Código Electoral prohíbe la instalación de centros de votación en las cárceles por considerarlas carentes de garantías y seguridad. Se ha interpuesto un recurso de inconstitucionalidad aún no resuelto por la Corte Suprema pidiendo la derogatoria de la prohibición.
El defensor del Pueblo adjunto, Ricardo Vargas, reveló que la reforma al Código Electoral, que le permite el derecho al sufragio a las personas detenidas preventivamente, ha encontrado algunos obstáculos.
Dijo que hay sectores en la sociedad que sienten que se pueden presentar situaciones desfavorables al espíritu de la ley, en el desarrollo práctico del proceso electoral dentro de los centros penitenciarios.
El proselitismo político es uno los aspectos que se debe contemplar en la reglamentación de la reforma electoral con el fin de que los detenidos tengan conocimiento de cuáles son las propuestas de los candidatos.
La reforma contempla que los presos preventivos sólo podrán votar por las candidaturas presidenciales. No obstante, Vargas dijo que aún no se ha valorado cuál será la forma para evitar las medidas proselitistas. Pero indicó que hay varias opciones.
Según Vargas, es importante registrar las experiencias de otros países en relación con los presos preventivos. En Costa Rica, en el último período electoral (abril del 2002), estas personas ejercieron el derecho al voto sin mayores dificultades.
José Dimas Cedeño, arzobispo de Panamá, señaló la importancia que tiene este proyecto, al reconocer un derecho ciudadano. Agregó que los presos, por estar detenidos, no dejan de ser ciudadanos. Por consiguiente, no se le debe negar el derecho al sufragio.
El proyecto de ley Nº. 134, aprobado en primer debate de la Asamblea Legislativa, en uno de sus capítulos reforma el artículo 240 del Código Electoral que actualmente prohíbe las votaciones en cuarteles, asilos, hospitales y cárceles.
Unos 5,700 presos, en calidad de detención preventiva, podrán ejercer el derecho al voto en las elecciones del 2004 para escoger el próximo presidente de la República, luego de que la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa aprobara ayer en primer debate el proyecto ley que autoriza el voto a los reclusos no condenados.
La iniciativa pretende introducir modificaciones al artículo 251 del Código Electoral, para reconocer el derecho al sufragio a los detenidos preventivamente. El proyecto fue presentado a consideración de la Asamblea Legislativa, a través del legislador y presidente de este órgano, Carlos Alvarado, a petición de monseñor José María Ariz.
Para efectos de la residencia, las modificaciones señaladas plantean que se tomará en cuenta la última residencia declarada por los reclusos antes de su captura. No obstante, para el ejercicio de su derecho al sufragio, el Tribunal Electoral levantará una lista oficial de aquellos que estén habilitados para votar sobre la base de un censo previo de la población de los centros penitenciarios.

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